Flexibilidad laboral y Reforma Constitucional

Por: Carlos Luís Zambrano Fernández(*) Fecha de publicación: 05/09/07

En ocasión al Proyecto de Reforma Constitucional que por iniciativa ejecutiva presentara ante la Asamblea Nacional, quien es titular por mandato popular del órgano ejecutivo nacional, los débiles económicos (los trabajadores) vieron cristalizada la enunciación que en la Constitución de 1999, fue consagrada la necesidad de propender a la reducción de la jornada laboral, aspiración que ni la Asamblea Nacional, por vía de la elaboración y aprobación de ley había cumplido, mucho menos los empleadores y organismos sindicales por imperio de convención colectiva.

Establecer jornadas laborales de 6 horas diarias y treinta y seis semanales, como la prevista en el Artículo 90 del proyecto, le infringe una derrota al aspecto económico con lo que los amigos de la productividad colorean la relación laboral, por lo que estamos convencidos que establecer estamento constitucional a la reducción de la jornada humaniza la relaciones de trabajo, permitiendo a los laborantes en el tiempo libre que produce tal reducción, formarse integralmente, lo que redunda en su desarrollo humano, físico, espiritual, moral, y cultural.

Los que salen a criticar sin sostengo alguno la postura presidencial de esta histórica decisión, deben preguntarse si los que prestan servicios bajo relación de dependencia, en espacios laborales de altas temperaturas y con marcados agentes contaminantes en el ambiente de trabajo, verbigracia, los trabajadores de empresas como Venalum, Alcasa, Carbonorca, Sidor, Ferrominera Orinoco, estarán de acuerdo o no con tal aspecto de la reforma, o que convenzan a un enfermo ocupacional de los tantos que sufren Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC) y que las extenuantes jornadas han hecho su aporte para producirlas, si están o no de acuerdo con la reducción de la Jornada laboral, a esto hay que agregarle, sin entrar en el detalle por razones de espacio, de la importancia que tiene en las empresas de trabajo continuo, ésta decisión, que permitirá crear nuevos turnos de trabajo y por consecuencia una reducción a los índices de desempleo por la creación de nuevos puestos de trabajo.

Igual apoyo tiene de los trabajadores y organismos sindicales de la región, la prohibición en el proyecto de Reforma de la excedencia laboral, (horas extraordinarias) así como la garantía de los derechos laborales individuales y colectivos de los trabajadores por cuenta propia, sin ajeneidad, autónomos (Trabajadores Independientes) a quienes los que adversan el proyecto de reforma manifiestan en razón a su informalidad que el Estado no los atiende.

La única inconformidad, y debe ser ésta la postura de todo trabajador revolucionario de ser irreverentes en la discusión, que del proyecto de reforma en lo relativo al tema laboral que se originará en el país en los próximos meses, lo constituye no haber incorporado en el texto del proyecto, una norma que recoja otra deuda que tiene la Asamblea Nacional con los trabajadores y trabajadoras venezolanos, lo relacionado con hacer justicia en la estafa de la que fueron victima en 1997, de cambiar su régimen prestacional de fin de servicio, una de sus más preciadas reivindicaciones vigente hasta esa época, por la oferta engañosa de una mejora en la seguridad social que en aquella época nunca se recibieron, y que hoy a pesar del esfuerzo gubernamental su desarrollo es muy tímido, es la oportunidad histórica para que en el texto constitucional se desarrolle la disposición transitoria cuarta de nuestra carta magna, que ordenó que se creara un régimen nuevo de prestaciones sociales, y el establecimiento de una prescripción decenal para que éstas dos instituciones adquieran topografía constitucional, obligación ésta no cumplida después de siete largos años de negligencia legislativa por quienes tienen el mandato constitucional de hacerlo.

Compatriotas, que asumen posiciones antagónicas al titular de la iniciativa de reforma propuesta, estamos en tiempos de flexibilidad y no de rigideces laborales, que hagan posible crear relaciones laborales que propicien la gestación del hombre nuevo, que habrá de parir la patria nueva y humana que estamos dispuestos a construir; en definitiva poner el trabajo al servicio del hombre y diciendo como el guerrillero heroico que el esqueleto de nuestra libertad completa esta formado, falta la sustancia proteica y el ropaje, estamos convencidos que le reforma constitucional servirá de arcilla para crear el hombre nuevo que se vislumbra en el horizonte.

(*)Abog. Docente UniversitarioEspecialista Derecho Laboral UCAB

carlo_luis_zambrano@hotmail.com

http://www.aporrea.org/actualidad/a40774.html
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