
El artículo 7 de la Ley de Alimentación al Trabajador establece que quien incurra en el cobro al trabajador beneficiario, por parte del establecimiento habilitado de cualquier descuento sobre el valor real del cupón o ticket, o sobre el valor representado o pagado con la tarjeta electrónica de alimentación, serán sancionados con multas que oscilarán entre 25 unidades tributarias (25 U.T. y 50 U.T.)
En caso de reincidencia, se procederá al cierre temporal del establecimiento infractor y se le cancelará, definitivamente, la habilitación, correspondiéndole al Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y el Usuario (Indecu) ejecutar la acción, de conformidad con la ley respectiva, informó Johana Carrizo, del departamento de Promoción y Educación del Indecu.
Según el artículo 7 de la referida Ley, los cupones, tickets y tarjetas electrónicas, serán instrumentos de único propósito que se destinarán exclusivamente a la compra de comidas o alimentos.Citó como ejemplo el cestaticket Accor que en el dorso dice que el establecimiento está obligado a devolver hasta 20% del monto del cupón. El vale tiene validez hasta un mes después del vencimiento.
Resaltó que constituyen infracción: El canje del cupón o ticket por dinero, o la obtención de dinero, financiamiento o crédito con la tarjeta electrónica de alimentación; el canje, pago o compra de cualquier bien o servicio que no se destine a la alimentación del trabajador; canje o compra de bebidas alcohólicas o cigarrillos.
Acarrea multas además el cobro o transferencia al trabajador beneficiario, por parte de las empresas de servicio especializadas en la administración y gestión de beneficios sociales, de cualquier descuento, comisión o carga fiscal por la emisión o el uso de los cupones, tickets o tarjetas electrónicas de alimentación.
Al dorso de cada cesta ticket aparece reflejada dicha prohibición. Carrizo hizo un llamado a la población para que denuncien ante el Indecu, cualquier irregularidad, ya que hay un equipo que procesa la denuncia y establece la sanción a aplicar a las casas comerciales infractoras.
Fuente: ANTV Noticias (03/06/08)
2 comentarios:
trabajo en la termo-electrica del zulia con una comtratista y no me han cancelado el bono de alimentaccion de mes de junio
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